Ir a página inicio
Usted está en:   Publicaciones   Flecha   Artículos   Flecha   La violencia contra las mujeres

La violencia contra las mujeres

Rafael Ruiz Harrell

El año de 1975 fue de esperanzas: México sirvió de sede a la Conferencia Mundial de la Mujer. La Organización de las Naciones Unidas inició así lo que terminaría por ser la década internacional de la mujer.

Aunque hubiera divergencias y disidencias, sobre todo en cuanto a estrategias y procedimientos, quienes participamos en la Conferencia estábamos unidos por la convicción de que las injusticias que sufría la mujer eran superables.

Nada impedía lograr que a trabajo igual se pagara igual salario, lo efectuaran hombres o mujeres. No era imposible conseguir que la participación femenina en la vida pública aumentara hasta balancear la masculina. Podían vencerse los obstáculos que evitaban que las mujeres ocuparan cargos directivos. Era posible reformar los órdenes jurídicos nacionales para terminar con el sexismo y promover, primero, la igualdad jurídica de hombres y mujeres y, después, su igualdad social, humana.

El proyecto, sin duda, era decididamente ambicioso. Se quería cambiar la sociedad y educarla en una nueva ética, en una nueva concepción de la mujer.

Era imprescindible acabar con la idea de la mujer abnegada, artificialmente embrutecida por ignorancias, prejuicios y limitaciones; borrar la noción de que las mujeres -como llegó a decirse en el siglo XIX eran tan sólo “fértiles objetos de ornato”, “los más hermosos vegetales del reino animal”.

Se quería mujeres libres, dueñas en todo de sí mismas: de sus cuerpos, de su vida sexual y reproductiva, de su propio destino. Se quería mujeres capaces de participar en la creación de la cultura y en la conducción de la vida colectiva.

Veinte años después

Como bien se sabe, veinte años después ni siquiera los mosqueteros de Dumas mantenían el vigoroso entusiasmo que los animó en su primera aventura.

Algo semejante ocurrió con la liberación femenina tan ambiciosamente çpretendida en 1975. Sólo que aquí fue más grave: aunque algo se logró y muchas cosas por fortuna no volverán a ser iguales, el hecho es que parte relevante de lo conseguido desapareció por la ceguera social de las últimas administraciones.

A las víctimas de la frivolidad de José López Portillo, la ineptitud de Miguel de la Madrid y el malinchismo de Carlos Salinas de Gortari, debe añadirse una más: es ya imposible lograr -en este siglo-, la liberación de las mujeres mexicanas.

Hay datos censales que lo prueban, y uno de ellos es la diferencia entre los ingresos femeninos y masculinos en el Distrito Federal. En 1970 las mujeres con trabajo remunerado ganaban $750 pesos por cada mil que recibían los hombres. Una década después, en 1980, la diferencia era menor y estaba $822 a mil, pero vino la crisis de ese entones y, en 1990, los ingresos femeninos disminuyeron a $766 pesos por cada mil que ganaban los varones. En 1995, sus ingresos ascendieron a sólo $714 pesos por cada mil de los hombres.

En 1970 las mujeres representaban el 24.9 por ciento de los patronos o empleadores de la ciudad de México. Veinte años después, tras de ascender al 26.4 en 1980, la proporción disminuyó de nuevo, reduciéndose ahora al 18.4 por ciento.

Las mujeres con un empleo remunerado constituían en 1980 el 33.4 por ciento de la población femenina con 12 años o más. Diez años antes la proporción era del 29.7 por ciento. En 1990 había bajado al 30.0. En 1995, fue de sólo el 28.6.

No se ha conseguido, así, aumentar el empleo femenino remunerado. No se ha logrado que su trabajo se pague igual que el de los hombres. Cada vez es más difícil que lleguen a puestos directivos y, lo que es más triste: cuanto se alcanzó de 1970 a 1980, se perdió en la década siguiente.

Hay muchos otros síntomas semejantes: la despenalización del aborto se discute hoy con una timidez que ya había sido superada en los setentas. La distinción entre la vida sexual y la vida reproductiva ha vuelto, en cierto sentido, a ser un tema prohibido. La intolerancia y el prejuicio religiosos recuperan espacios que habían perdido. La propia liberación de la mujer se juzga un tema agotado.

Víctimas

La proporción en que las mujeres son víctimas de un delito ha venido aumentando.

Considérese los que tienen carácter intencional, doloso, excluyendo del total a los delitos sexuales -que casi siempre tienen a la mujer por víctima. En 1930 el 8.9 por ciento de todos los crímenes de esa índole registrados en el Distrito Federal los sufrieron mujeres. En 1980 la proporción llegó al 13.6, pero a partir de entonces aumentó con rapidez y en 1996 las mujeres fueron víctimas del 19.3 por ciento de los delitos intencionales, proporción que permaneció estacionaria en 1997.

Dicho de otra manera: de 1980 a 1996 los crímenes deliberados dirigidos en contra de varones crecieron 278.0 por ciento. Los dirigidos en contra de mujeres aumentaron, en el mismo lapso, 337.4 por ciento.

Destacan en este universo dos delitos: el homicidio y el robo. Los casos en los que un hombre fue muerto dolosamente aumentaron 61.8 por ciento de 1980 a 1996. Los homicidios intencionales con víctimas femeninas crecieron en cambio 209.5. Si en 1930 el 6.3 de los homicidios dolosos tuvieron por víctima a una mujer -lo que implica que por cada 16 hombres se mataba a una mujer-, en 1995 la proporción había ascendido al 19.3 -o sea una mujer por cada cinco hombres. En 1996, la proporción fue también del 19.3. En 1997 descendió al 18.7.

Por otra parte, y considerando sólo aquellos en los cuales la víctima estuvo presente, los robos a varones se multiplicaron 979.3 por ciento de 1980 a 1996. Los robos a mujeres mil 991.6. Si en 1930 las mujeres víctimas de un robo representaron el 10.8 por ciento del total de los robos con la víctima presente -proporción que había ascendido al 15.5 para 1980-, en 1996 y 1997 representaron el 27.2 y el 27.3 por ciento respectivamente.

Aunque trabajen más que los hombres -piénsese en la doble jornada-, hoy en día a las mujeres se les paga menos y se las roba y se las mata más que en 1980.

Delincuencia y período reproductivo

Pocos aspectos de la vida social revelan tan claramente los temores y limitaciones que la dirigen como su conducta delictiva y el hecho, aquí, es que las nociones sobre la mujer cambiaron en su perjuicio o se conservaron intocadas.

Como en la Roma imperial, y de hecho en la antigüedad entera, se sigue creyendo hoy en México que el valor de la mujer depende casi por entero de su capacidad reproductiva y, en consecuencia, se las agrede menos cuando están en su etapa fecunda o sea, en general, cuando tienen entre quince y cuarenta y cuatro años de edad. Antes y después de esos límites, su valor es menor y en consecuencia –según parece, es legítimo lastimarlas, herirlas y privarlas de la vida.

Sólo a partir de la existencia de una noción social semejante resulta interpretable la distribución que ofrece la gráfica siguiente y que resulta de las medias por grupos de edades de 1990 a 1996, en un caso, de los homicidios dolosos registrados por el Servicio Médico Forense y, en el otro, de las víctimas de lesiones intencionales atendidas en hospitales y de las cuales se ha informado a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

Homicidios y lesiones con víctimas femeninas en el DF Proporción que representan del total (Media 1990-1996)

En ambos casos se presenta la proporción que representan las mujeres del total de víctimas de cada grupo de edades. Las líneas horizontales revelan la proporción media de mujeres muertas o lesionadas y, como podrá advertirse, sólo de los 15 a los 44 años de edad -o sea durante su vida fecunda-, registran proporciones inferiores al promedio.

Lesiones y querellas

El sexismo que prevalece en nuestra sociedad no se restringe a los delincuentes. Nace tanto de las creencias que conforman las relaciones familiares, sobre todo en la pareja, como de los prejuicios que afectan la procuración de la justicia penal.

Se está aquí, de nuevo, en la ideología antifemenina que privó en la antigüedad. Considerada en todo inferior al hombre, incapaz de razonar y de manejar sus emociones, la mujer debía estar sujeta por siempre a la tutela de un varón -fuese su padre, su marido, su hermano o incluso, si enviudaba, de su hijo recién nacido.

Ajena a la ley, “alieni iuris” conforme a la fórmula romana, la mujer no sólo no podía acudir a juicio, sino que llegó a sostenerse que cualquier delito del que fuera víctima, más que afectarla a ella, dañaba el honor del hombre que la tenía a su cuidado. Como resultado, la mayor parte de los delitos contra la mujer fueron considerados de carácter privado, no crímenes de orden público que perjudicaran al todo social. Perseguirlos era asunto familiar, no deber de gobierno.

Hay pruebas de que todavía seguimos en eso y, una de ellas, es lo que ocurre con las lesiones intencionales en nuestra ciudad.

Entre 1990 y 1996, los hospitales y clínicas de la ciudad atendieron en promedio anual a 36,466 personas lesionadas de manera deliberada. De ellas 27,141 eran varones -el 74.5 por ciento-, y las 9,305 restantes, mujeres.

Ahora bien: gracias a las absurdas reformas impuestas al Código Penal tanto a fines de 1983 como a fines de 1993, las lesiones que no pongan en peligro la vida o dejen una incapacidad o señal permanente, han de perseguirse sólo si media querella de la parte afectada. Es decir: han vuelto a ser delitos “privados” que no se persiguen de oficio.

Las disposiciones relativas, como podrá suponerse, fueron reformadas para reducir el número de casos que ha de atender la Procuraduría y quitarle un trabajo molesto. Esto se consigue, sobre todo, disuadiendo a la víctima y convenciéndola de que se verá en más problemas si insiste en querellarse. Gracias a esto, entre 1990 y 1996, de las 36,466 personas lesionadas dolosamente en promedio anual, sólo en 15,991 casos -el 43.9 por ciento, menos de la mitad-, llegó a abrirse la averiguación previa.

La práctica disuasiva resulta más eficaz con las mujeres que con los hombres -entre otras cosas porque 7,109 de las 9,305 mujeres lesionadas, o sea el 76.4 por ciento, fueron heridas por su cónyuge o por algún varón de su familia y muy difícilmente llegan a querellarse.

El resultado, así, es que de los 27,141 hombres lesionados, poco más de la mitad, el 51.1 por ciento -13,875-, presentó la querella que da principio a la averiguación previa y eventualmente a la acción penal. De las 9,305 mujeres heridas sólo 2,116 hicieron otro tanto, o sea el 22.7 por ciento menos de la mitad que los hombres.

La administración de justicia

Como podrá adivinarse, las desventuras femeninas no terminan ahí, ya que la procuración y la administración de justicia también pecan de lo mismo y, sea por la desidia con que el Ministerio Público maneja los casos en que las víctimas son mujeres, sea porque los tribunales padecen de un desgano semejante, la consecuencia es que de 1990 a 1996, las 2,116 averiguaciones iniciadas por mujeres lesionadas, dieron origen a sólo 119 sentencias condenatorias también en promedio anual-, o sea que llegó a castigarse al culpable en apenas el 5.6 por ciento de los casos en los que se inició la acción penal -y en un ridículo 1.3 por ciento del total de mujeres atendidas por ese motivo en hospitales.

Aunque las cifras son pequeñas, conviene registrar las de los hombres para dejar constancia del sexismo que afecta a la aplicación de justicia: los 13,875 casos con víctimas masculinas en los que se inició la acción penal, dieron origen -de nuevo en promedio-, a 1,290 sentencias condenatorias, de tal manera que el 9.3 por ciento de los responsables recibieron la sanción de ley. Si se considera el total de lesionados registrados, la proporción desciende al 4.8 por ciento, que aun siendo ínfima, es 3.7 veces mayor que en los casos en que es herida una mujer.

Otro ejemplo

La proporción que representan los responsables que reciben una sentencia condenatoria en el caso de homicidio confirma la impresión anterior y, además, revela claramente que la crisis de los ochentas afectó más gravemente a la justicia que se otorga a las mujeres que la concedida a los hombres.

Todavía en 1970 era más frecuente que el homicida de un varón recibiera su castigo que quien había privado de la vida a una mujer. A partir de 1975 y hasta 1980, sin embargo, las víctimas de homicidio intencional llegaron a recibir un tratamiento semejante, al menos en el sentido de que se persiguió con igual rigor a quienes habían matado hombres que a quienes mataron mujeres.

Tal igualdad cesó en 1980 y de entonces a la fecha, la proporción en que se castiga a los homicidas de mujeres ha venido disminuyendo, y con mayor rapidez, que la proporción en que los homicidas de varones llegan a recibir una sentencia condenatoria.

El sexenio 1989-1994 llegó en esto a un extremo lamentable: del total de homicidios intencionales con víctimas masculinas, sólo llegó a dictarse una sentencia condenatoria -en promedio del período, en el 22.5 por ciento de los casos y, en cuanto a los homicidios con víctimas femeninas, en el 12.8 por ciento del total. De cada cien homicidas de varones quedaron impunes, en consecuencia, 77.5, mientras que de cada cien asesinos de mujeres quedaron sin castigo nada menos que 87.2.

Los delitos contra la mujer, según parece, tienen cada vez menos importancia y de nuevo es “ajena al derecho”.

Los castigos

La proporción de mujeres a las que se considera posibles autoras de un delito ha venido creciendo también -aunque en menor escala que su participación como víctimas.

En 1930 el 9.9 por ciento de los presuntos responsables presentados ante un juez eran del sexo femenino. En 1995 la proporción se había duplicado: fueron el 18.2 por ciento.

Lo triste, aquí, es que la justicia no trata a las mujeres igual que a los varones y a partir de 1980 dio en encontrarlas culpables del delito que se les imputaba con más frecuencia que a los varones.

En 1930, el 9.9 por ciento de las personas sometidas a juicio eran mujeres y las que recibieron una sentencia condenatoria representaron sólo el 7.2 por ciento del total. En 1980, en cambio, aunque sólo el 9.4 por ciento de los presuntos responsables eran mujeres, representaron el 10.7 por ciento de los condenados. En 1995 las proporciones fueron 18.2 y 20.1 respectivamente.

El homicidio doloso nos ofrece un ejemplo revelador: en 1930 las mujeres detenidas en calidad de presuntas responsables, representaron el 4.4 por ciento del total de presuntos aprehendidos. En cambio sólo constituyeron el 2.9 por ciento del total de sentenciados por ese delito. En los años que corrieron de 1990 a 1995 su participación en el total de presuntos homicidas fue del 1.8 por ciento en promedio del período, pero representaron el 5.8 por ciento, también en promedio, del total de personas sentenciadas en ese lapso por homicidio.

Por otra parte, y aunque las mujeres tengan una participación menor en los delitos graves o violentos, las penas se han venido igualando. En los cuarentas, considerando todos los delitos, los varones delincuentes eran castigados, en promedio, con 31.3 meses de cárcel y las mujeres con 18.2 meses. Las cifras se mantuvieron estables hasta las reformas de 1983, cuando empezaron a cambiar: en 1995 los varones sentenciados recibieron una media de 48.5 meses de prisión. Las mujeres, en promedio, fueron castigadas con 38.2 meses de cárcel.

Esto por lo que toca a todos los delitos, pero si se considera sólo los más graves, las penas que reciben las mujeres superan a las de los varones.

Un trágico ejemplo: tras de estudiar los expedientes de todos los casos de homicidio ocurridos en el Distrito Federal en 1994, Elena Azaola nos informa que la pena promedio para los varones fue de 223.2 meses, mientras que las mujeres recibieron 276 ("El delito de ser mujer", Plaza y Valdés, México, 1996, p. 48), o sea 23.6 por ciento más alta.

Leyes vacías

En 1974, previendo la Conferencia que habría de celebrarse el año siguiente, la Constitución de la República añadió a su artículo 4o. el principio de que “El varón y la mujer son iguales ante la ley”.

En aquel entonces se creyó que la declaración era sólo el primer paso y, en unos años más, se conseguiría que hombres y mujeres llegaran a tener iguales oportunidades de estudio y de trabajo, de realización personal y pública y, aun admitiendo que por fortuna son sexualmente distintos, sería posible construir una sociedad en la que valieran lo mismo, en la que fueran humanamente equivalentes, en la que la ley los protegiera por igual.

Hoy, veinte años después, tenemos que admitir que nuestra Constitución contiene -también en este caso-, un principio vacío, ya que el hombre y la mujer no son ni siquiera iguales, en la práctica, ante la ley penal.

Sólo un día al año se celebra a la mujer. Los demás se las roba y maltrata cada vez más. Se las protege menos. Se las encuentra culpables con más frecuencia y se las castiga con más dureza.

Es triste decirlo, pero esto sucedía también con los esclavos.

 

Participación en el Foro “Justicia y Equidad de Género” promovido por las senadoras y diputadas del Congreso de la Unión como parte del Día Internacional contra la Violencia hacia las Mujeres. Palacio Legislativo, 23 de noviembre, 1998.

 

© 2008 ICESI Instituto ciudadano de estudios sobre la inseguridad, a.c.   Imagen legal   |   contacto
Av. San Antonio 256 - Piso 6, C.P. 03849, México, D.F.
Teléfono y fax: 56 15 49 87 (con 5 líneas)

Image 01 Image 01 Image 02 Image 02 Image 03 Image 03 Image 04 Image 04 Image 05 Image 05 Image 06 Image 06 Image 07 Image 07 Image 08 Image 08 Image 09 Image 09 Image 10 Image 10 Image 11 Image 11 Image 12 Image 12 Image 13