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Responsabilidad y Funciones del Director General

Es designado por la asamblea en sesión ordinaria, la asamblea designará el monto de la remuneración del Director General, quien deberá rendir formal protesta ante la Asamblea de Asociados en la misma sesión en que sea designado.

Son facultades y obligaciones del Director General:

  1. supervisar las actividades de la asociación, de acuerdo con el presente estatuto para la realización de los objetivos y fines definidos en este documento,
  2. presentar a la asamblea de asociados el programa anual de trabajo de la asociación,
  3. presentar los informes necesarios a la asamblea de asociados en sesión ordinaria,
  4. coordinar la ejecución de los acuerdos de la asamblea de asociados y darles seguimiento,
  5. expedir los reglamentos que se consideren necesarios, mismos que deberán ser aprobados por la asamblea de asociados en sesión extraordinaria,
  6. constituir consejos, comités y comisiones permanentes y temporales, así como designar a sus integrantes, para alcanzar los fines de la asociación,
  7. nombrar funcionarios, apoderados, representantes y empleados de la asociación, para cumplir con los objetivos planteados por la misma; así como asignarles las remuneraciones y prestaciones correspondientes,
  8. convocar a la asamblea de asociados a sesiones ordinarias y extraordinarias así como a las reuniones del consejo técnico asesor,
  9. diseñar, proponer y dirigir proyectos de trabajo,
  10. establecer, convenios con instituciones para allegarse fondos y bienes que coadyuven al funcionamiento de la asociación,
  11. realizar las actividades de secretariado de las asambleas y del consejo técnico asesor,
  12. acordar, dirigir y supervisar las actividades del tesorero, autorizar las partidas de gastos conjuntamente con el mismo y de acciones diversas encaminadas al buen desempeño de la asociación,
  13. cumplir y hacer cumplir las resoluciones y las normas acordadas en este documento y las que de él se desprendan,
  14. manejar los fondos económicos en cuenta mancomunada con el tesorero,
  15. ejercer la representación legal de la asociación.

En sus funciones de secretariado al Director General le corresponderán las atribuciones siguientes:

  1. asistir a todas las sesiones de la asamblea, redactando las actas correspondientes, mismas que firmará en su oportunidad,
  2. levantar los censos de asistencia en cada sesión,
  3. recibir y hacer los recuentos de los votos,
  4. llevar al día, de acuerdo con el tesorero, el registro de los miembros de la asociación,
  5. colaborar en la correcta ejecución y supervisión de los acuerdos,
  6. apoyar en todo lo necesario al tesorero,
  7. recibir y atender solicitudes de las convocatorias a asambleas extraordinarias que realicen los asociados fundadores del tesorero.

Con el objeto de establecer la organización y funcionamiento del propio Instituto, el Director General se auxiliará de un área Técnica, una de Operación y una de Análisis e Informática, así como de un auxiliar Administrativo y un auxiliar Operativo, según consta en el acta Nº 13,068 de la Asamblea de Asociados aprobada en reunión ordinaria el 10 de junio de 2002.

 

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